La vida de Helios Sarthou se detuvo casi de manera tan repentina, tan imprevisible, como lo fue su trayecto intelectual, siempre imaginativo, innovador, sorprendente, a contra/corriente.
El fárrago de su actividad profesional y académica, su compromiso definitivo y generoso en lo social y en lo político que lo hacía transitar sin pausa del aula a la asamblea, no hacían perder sin embargo su extremada caballerosidad en el trato, su respeto y disposición a comenzar un diálogo que a menudo podía terminar en polémica, atento a la pasión que ponía en todos sus empeños.
Como hemos señalado en otro lugar , “Sarthou parecía responder en su radicalidad y anticipación a aquella notable observación que se dice Sartre había hecho sobre Castoriadis: suele tener razón en lo que dice, pero opina siempre en el momento equivocado.
Había en Sarthou ese designio por pensar más allá de lo presente y hacerlo con imaginación y una esperanza actuante, con audacia y una profundidad muy trabajosamente construida que no temía en quedar en minoría o en soledad”.
Su última contribución al Derecho del Trabajo se concentra en poco más de 30 páginas, un Cuadernillo de la Fundación Electra que tituló “Hacia una Teoría Pura del Derecho del Trabajo”. Había prometido al Prof. Héctor – Hugo Barbagelata la entrega de su ensayo desde hacía un tiempo atrás; siempre postergada, había aumentado en muchos de nosotros la expectativa por una nueva elaboración suya al acervo jurídico cultural del laboralismo uruguayo.
Finalmente, la muerte hizo que quedara parcialmente inconcluso su trabajo, falto de su lectura final, aspectos que fueron salvados por Barbagelata, zurciendo y dando forma a las mas de una versión que existía del trabajo, en una tarea que, como debe ser, es prácticamente imperceptible por lo respetuosa del pensamiento del autor.
El trabajo que nos deja Sarthou como último aviso, es un retorno a su visión “antropocéntrica” – como le gustaba decir – del derecho laboral sustantivo y procesal, tomando como eje una referencia a la “pureza” del derecho no en el sentido kelseniano, sino para despojarlo de toda consideración a los componentes del derecho civil, a las determinaciones economicistas y a las concepciones formalistas de la igualdad, tan en boga en ciertos enfoques dogmáticos.
Dice nuestro autor en su opúsculo: “la esencia del contrato de trabajo, vale decir un hombre o mujer que entrega su energía a un ser igual para que la dirija y lucre con esa energía, tiene que ser un régimen transitorio porque no se ajusta a la naturaleza de las cosas. Algún día el ser humano seguirá siendo propietario de su energía, sin enajenarla a otro, haciéndose dueño de sus resultados que hoy se le expropian. Por ello hablamos de la temporalidad o el ´mientras tanto` del derecho del trabajo”.
El “mientras tanto” no es una espera pasiva, sino una oportunidad para mejorar las condiciones de existencia, desde ya, de quienes mantienen una posición de hiposuficiencia.
La idea de emancipación social, en el sentido que le presta Dussel o Boaventura de Sousa Santos (de éste y de Castoriadis, fue Sarthou un lector atento), junto con la idea de autonomía, constituyen desde nuestro punto de vista las claves para entender la cosmovisión que alumbró su trayectoria en sus diversas dimensiones.
Por esos carriles transcurrió, sin dobles discursos en la cátedra y en el foro, la frontalidad con que Sarthou asumió su compromiso con el Derecho como instrumento de transformación democrática.
Por eso la semblanza y el recuerdo de Sarthou no se agotan en lo simplemente escrito, sino en lo ejemplarmente vivido.
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