sábado, 21 de octubre de 2017

La maldad insolente de los jueces laborales


Hugo Barretto Ghione*


Todavía no ha tenido la difusión que merece la próxima reunión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que sesionará en Montevideo, en audiencias públicas, los dias 23 y 24 de octubre. Del conjunto de temas a tratar, figuran al menos dos que tienen vinculación con los derechos de las personas que trabajan – o sea, la mayor parte de la gente – como son la reforma laboral brasileña y el hostigamiento a jueces laborales y abogados defensores de trabajadores en Argentina.

Corresponde destacar la  importancia que reviste el tratamiento de los temas laborales por el sistema interamericano de protección de Derechos Humanos, que desde su inicio tuvo que concentrar sus desvelos en la prioridad acordada a los derechos civiles y políticos y que recién a partir e 2001 produce un giro con el pronunciamiento de la Corte Interamericana en el caso Baena y otros contra Panamá, que recomienda el reintegro de 270 trabajadores estatales que habían sido despedidos en razón de haber participado en una marcha.

Ahora es la Comisión, un órgano cuya función principal es promover la observancia y la defensa de los derechos humanos y servir de órgano consultivo de la OEA en esta materia, la que convoca a los gobiernos de Argentina y Brasil para que comparezcan y en audiencia pública presten sus explicaciones ante las denuncias que le imputan sindicatos y otras organizaciones de la sociedad civil.

En relación a los casos en debate, el más conocido es el brasileño, ya que la reforma laboral adoptada a mediados de este año y que entra en vigor el próximo mes, modifica más de 100 disposiciones de la Consolidación de Leyes del Trabajo - una especie de código que reglamenta las relaciones laborales -  ampliando los márgenes de flexibilización horaria y promoviendo la negociación directa  de condiciones de trabajo entre el empleador y el trabajador, dando así oportunidad a una mayor incidencia del poder económico y social  del primero en una relación desigual por definición.

Menos conocida ha sido hasta el momento la situación Argentina que se denuncia. Los proponentes destacan la existencia de un conjunto de acciones de los poderes públicos en ese país que procuran  estigmatizar, desacreditar y criminalizar la labor de los defensores de los Derechos Humanos y quebrantar la independencia del Poder Judicial en el fuero laboral, con un objetivo claro, indican, de alterar drásticamente  los derechos de los trabajadores, haciéndoles perder toda eficacia.

En concreto, se denuncia que  el gobierno argentino promueve, de manera indirecta, la remoción de magistrados laborales a través del  Consejo de la Magistratura, un organismo con representación de los órganos políticos vinculados al Poder Ejecutivo, que formula una acusación ante un jurado de enjuiciamiento por las causales de mal desempeño, delito en el ejercicio de sus funciones o crímenes comunes.

La amenaza se ejerce sobre cuatro jueces laborales que integran la  Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo y una jueza de Primera Instancia de la Justicia Nacional del Trabajo. Los magistrados han actuado en asuntos laborales que han involucrado en ocasiones a entidades públicas, imponiendo condenas en reclamos laborales o decretando medidas cautelares.

El avance sobre el Poder Judicial, que conculca garantías básicas del sistema democrático liberal, no debe ocultar que lo pretendido es, en lo esencial,  modificar la orientación de la jurisprudencia laboral, la que estiman favorecedora del interés de los trabajadores. Los bien pensantes liberales, que siempre confrontaron toda forma de intervencionismo estatal en la reglamentación del trabajo,  no parecen ahora inquietarse ante este nuevo tipo de intervencionismo, que para despejar el campo a la economía de mercado afecta gravemente la independencia de la magistratura, justamente uno de sus dogmas básicos.

En el fondo, se trata de trastocar el sentido mismo de la protección social de quien trabaja de manera dependiente, ya sea mediante un cambio radical en las normas, como en el caso de Brasil, para ir a un sistema más permisivo del ejercicio del poder empresarial, o a través de un debilitamiento de la aplicación de esas normas mediante la afectación de la independencia de los jueces laborales  que deben dirimir conflictos surgidos en esas relaciones faltas de equilibrio. 

La ofensiva institucional con la amenaza de remoción se complementa con una estrategia igualmente agresiva en la opinión pública.

El Presidente Macri ha hablado de “La mafia de la industria del juicio laboral" que "Le ha hecho un daño gigantesco a la Argentina, condenando a las empresas a cerrar, y "Esas son las cosas que tenemos que combatir. Porque después claro, quien va a tomar gente si están condenados a que lo destruya cualquier tipo de causa que se le inventa. Entonces creo que son desafíos que todos los días tenemos que dar,  y los estamos dando, y hoy estamos en el Consejo de la Magistratura intentado nombrar nuevos jueces laborales para que realmente aumente la inversión en Argentina".

Tanta sinceridad naïf conmueve: ¿nombrar jueces para que aumente la inversión? No hemos encontrado en la Constitución la norma  que prescriba  que la función del Poder Judicial sea la de constituirse en motor de la economía de mercado. Por si fuera necesario, en otra oportunidad ha dicho el Presidente que la justicia laboral "destruye la generación de empleo futuro” (…) Los jueces laboralistas (...) le han hecho mucho daño a la Argentina".

Lo dicho: un despliegue de maldad insolente. Es que los gobiernos vecinos parecen tener clara la disyuntiva: flexibilizar o no aplicar las normas, esa es la cuestión.

(publicado en el periódico La Diaria, de Montevideo, hoy 21 de octubre)




* Profesor Titular de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social de la Universidad de la República


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