El 7 de mayo se celebró el 70° aniversario de la
revista DERECHO LABORAL en el auditorio de la Asociación de Magistrados del
Uruguay.
El acto de apertura estuvo a cargo del Dr. Marcelo
Vigo, miembro de la Junta Directiva de la FUNDACIÓN DE CULTURA UNIVERSITARIA (editora de la revista), quien destacó la trayectoria de la FCU, que cumple 50°
años en el presente; de la Dra. Gloria Seguessa, de la Asociación de
Magistrados del Uruguay, que subrayó la relevancia de la revista DERECHO
LABORAL para la formación jurídica de los magistrados, y del Lic. Pedro Daniel Weinberg,
presidente de la Fundación Eletra.
En su presentación, Weinberg evocó el tiempo
histórico y la significación de la revista para la cultura jurídico laboral
uruguaya y latinoamericana.
En un pasaje de su intervención señaló:
“Derecho Laboral. Revista
de doctrina, jurisprudencia e informaciones sociales apareció exactamente hace setenta años; abril de 1948. La dirigía el Dr.
Francisco de Ferrari, y contaba con dos redactores permanentes: Américo Pla
Rodríguez y Héctor Hugo Barbagelata. Veinticuatro años después, ante el
fallecimiento del Director de Ferrari (1972), asumen la conducción de la
revista los dos redactores mencionados hasta su fallecimiento: Pla Rodriguezlo
hizo hasta 2008; Barbagelata hasta 2014. Oscar Ermida Uriarte se sumó a la
dirección en el período 2006-2011.
En qué contexto histórico apareció la revista Derecho Laboral. Citemos a Héctor Hugo Barbagelata, en un artículo
escrito para el número especial con motivo del XXV aniversario:
Al iniciarse la
publicación de Derecho Laboral, la legislación social integraba la lista
de cosas que para el uruguayo medio caracterizaba a su país y de las que estaba
orgulloso. Era también en el exterior, parte principal de la imagen del
Uruguay, no sólo a nivel oficial, sino que también sociólogos, economistas,
juristas o simplemente viajeros que nos visitaron por esos años, dejaron
testimonio de que las leyes sociales formaban junto a la legalidad
constitucional “la base del WelfareState uruguayo”.
Su vocación académica, esto es, su compromiso por recoger planteos apegados
a los paradigmas científicos en el abordaje del problema del trabajo queda
claramente expuesto entre los Propósitos
que delinean sus fundadores en el número inicial:
No ignoramos que los
problemas que estudia la ciencia del derecho laboral, conducen a menudo a la
polémica, porque están demasiado mezclados a los dolores y pasiones humanas.
Nuestra revista no participará, sin embargo, en ese largo y áspero debate,
impregnado de recriminaciones mutuas, y hará siempre desde sus columnas sobre
todo tópico que interese por su actualidad e importancia, un examen puramente
agnóstico, procurando que la exégesis o el comentario no trascienda nunca el
plano del planteo rigurosamente científico del problema.
También le cupo un lugar destacado en los Propósitos de la Revista a otro
de los imperativos que los responsables consagraron y aplicaron durante toda la
existencia de esta notable publicación: me refiero al pluralismo ideológico, al
respeto por la diversidad de pensamientos y a la convocatoria de autores
nacionales y extranjeros afiliados a las más diversas posturas y abordajes
teóricos e ideológicos. Sólo se exigía un estricto apego a los criterios
científicos a la hora de redactar sus respectivas contribuciones. Así se expresaban
en esa primera entrega:
Ninguna de las tesis que
aparezcan expuestas en la parte doctrinaria de esta revista, bajo la firma y
responsabilidad de sus autores, deberá entenderse que compromete la opinión de
sus directores, o que configura un pronunciamiento de las orientaciones
ideológicas de la nueva publicación. Esta verá la luz para dar preferencia en
sus columnas a todo trabajo o información científicos que encaren –más que a
las cuestiones sociales o económicas- los aspectos jurídicos de la relación que
crea el trabajo entre los hombres.
La tercera característica que singulariza a este emprendimiento desde sus
inicios, y que por atendibles razones no está consignada entre los propósitos
fundacionales, se relaciona con la regularidad de su aparición. La revista
apareció prolijamente cuatro veces por año. Las peores tormentas políticas
vividas por el país; la vigencia del oscurantismo ideológico verificado en todos
los ámbitos de la vida nacional, especialmente en la Universidad de la
República, durante más de una década; la
puesta entre paréntesis del orden jurídico;
las diferentes formas de extrañamiento vivida por sus directores bajo la
dictadura; las dificultades para su financiamiento; las restricciones para el
acceso a la compra de papel, entre
otras, no fueron nunca un impedimento
para que Derecho Laboral apareciese
con rigurosa puntualidad; si señalamos
este rasgo acuñado desde los primeros años de circulación, lo hacemos para
subrayar algo que no resulta demasiado habitual en los ámbitos académicos, científicos,
artísticos, literarios… de Nuestra América.
A mi criterio, y en esto no quiero comprometer a mis colegas de la FE, hay
otra cualidad que tiene la Revista y que merecería ser analizada con mayor
cuidado y profundidad con la que lo haré yo de manera somera y esquemática.
Desde hace tiempo sostengo la tesis que Derecho
Laboral ha sido uno de los principales instrumentos que hicieron posible proyectar
la “escuela uruguaya del derecho del trabajo” más allá de las fronteras. No dejo de valorar en todas su dimensión el impacto
de la destacada presencia de laboralistas uruguayos en Congresos
internacionales (sobre todo los efectuados fuera del territorio nacional), la
docencia en universidades Iberoamericanas (especialmente en la formación de
posgrado y de miembros de la justicia laboral), la asistencia técnica brindada,
el impacto de la obra de autores uruguayos publicada en el país y en el
extranjero. Lo que quiero destacar es que desde el punto de vista doctrinario,
de la construcción de conocimiento, de consolidación de una disciplina, de la
conformación de un cuerpo original de ideas y lineamientos originales, el
mensaje del iuslaboralista uruguayo tuvo, y sigue teniendo, en la revista su
principal carta de presentación y medio de difusión.
Vinculado a esto último, reconozcamos el sutil mensaje del último párrafo
de la “Presentación” de la Revista en su primera entrega:
“Al dejar así señalados
sus propósitos y su finalidad, los fundadores envían un cordial saludo a todas
las publicaciones similares de América”.
Esto significa, mirando desde la perspectiva de nuestros días, que los
fundadores eran conscientes que la empresa de forjar una disciplina con
identidad propia (particularismo diría Barbagelata) como era el incipiente
derecho laboral, obligaba a hacer un llamado a los especialistas en la materia,
a nivel continental, que trascendiera las fronteras del Uruguay, para acometer
semejante obra. Esta amplia convocatoria explica, en buena medida, el hecho de
la asidua participación de catedráticos y tratadistas extranjeros, principalmente
americanos, a partir de comienzos de la década de los cincuenta del siglo
pasado”.
En su intervención, el Prof. Antonio Baylos,
catedrático de la Universidad de Castilla – La Mancha, destacó el papel de las
publicaciones académicas independientes, delineando el trayecto histórico y la
periodización de las revistas jurídico laborales.
Así, ubicó los inicios del proceso en la década de
los años cuarenta del siglo pasado, cuando aparecieron las revistas pioneras, carácter
nacional, integradoras de todas las corrientes y puntos de vista, que
coadyuvaron decisivamente en la construcción de una disciplina autónoma, por
fuera de los contornos del derecho común.
En una segunda etapa, se asiste a la diversificación
de las publicaciones, producto de la paralela diversificación de las cátedras universitarias
y del advenimiento de las tendencias flexibilizadoras, de lo cual dieron cuenta
con distinto tono las publicaciones, que ya no obedecieron a un único patrón
conceptual.
Finalmente, calificó el momento como de persistentes desafíos para las editoriales
y publicaciones independientes (como son la FUNDACION DE CULTURA UNIVERSITARIA y la revista DERECHO LABORAL), en tanto la
presencia de las empresas multinacionales ha absorbido y homogeneizado la
producción jurídica bajo el peso de la lógica y el interés propio de estas corporaciones.
El profesor de la Universidad de Buenos Aires
Héctor García, al comentar la intervención de Baylos, destacó el papel de la
revista DERECHO LABORAL para la cultura jurídico
laboral latinoamericana así como para la
conformación de lo que podemos llamar un “modelo de lector” que continúa
valorando a la revista como una publicación referencial e ineludible.
El prof. Jorge
Rosenbaum, catedrático de la Universidad de la República calificó a la revista,
por su acervo único, como de una “biblioteca viviente”, destacando el papel de
la misma en la evolución del Derecho del Trabajo en nuestro país, y subrayando
la labor del equipo de redacción de Derecho Laboral.
En el cierre de la actividad, el prof. Hugo Fernández Brignoni evocó las
figuras de los fundadores de la revista, Américo Plá Rodriguez y Héctor Hugo
Barbagelata así como del prof. Oscar Ermida Uriarte.
Sobre el primero de ellos, recordó las sesiones del
llamado “grupo de los miércoles”, donde frecuentemente de decidían los
contenidos de la revista a partir de la apelación o el pedido del prof, Plá
Rodriguez a que los participantes del grupo desarrollaran temáticas de
actualidad para su publicación.
La composición actual del staff de la revista se
compone:
Secretaría de Redacción: Hugo Barretto Ghione, Hugo
Fernández Brignoni, Rosina Rossi Albert
Consejo Asesor: Osvaldo Mantero de San Vicente,
Juan Raso Delgue, Jorge Rosenbaum Rímolo
Jurisprudencia: Alejando Castello, Graciela Giuzio
Documentos: Alvaro Rodríguez Azcué, Adriana
López López, Carolina Panizza Dolbajián.
Bibliografía: Ariel Nicoliello
Índice: Laura Zúñiga
Adhesiones
y saludos recibidos para el aniversario
de la revista DERECHO LABORAL
Manuel Carlos Palomeque –
Catedrático de DTSS de la
Universidad de Salamanca. Wilfredo
Sanguineti – Catedrático de DTSS de
la Universidad de Salamanca. Alexander
Godínez – Profesor de DTSS de la Universidad de Costa Rica. Ricardo Seco – Profesor de DTSS de
la Universidad Nacional de Córdoba Argentina. Raúl Saco – Profesor de DTSS de la Universidad Católica del Perú. Jesús Cruz Villalón –
Catedrático de DTSS de la Universidad de Sevilla. Maria José Romero Rodenas – Profesora Titular DTSS Universidad de Castilla-La Mancha y Decana de la Facultad de
Relaciones Laborales y Recursos Humanos - Albacete Universidad Castilla La Mancha. María Luz Vega – experta de OIT Coordinatora de Future of Work Initiative. Fabio Bertranau – Director de la
Oficina Regional OIT (Santiago de Chile) – Joaquín Aparicio – Catedrático de DTSS de la Universidad de Castilla La Mancha.
Manuel Planelles – Presidente de la
Asociación de Egresados de la Licenciatura de Relaciones Laborales. Sidnei Machado – Profesor de DTSS de la Universidad
Federal de Paraná (Brasil). César
Augusto Carballo Mena – Profesor de DTSS de la Universidad Andrés
Bello (Venezuela). Jaime Cabeza – Catedrático
Universidad de Vigo. Francisco Tapia - Profesor de DTSS de la Universidad Católica de Chile. Luis Raffagheli – Magistrado de la
Cámara Nacional de Apelaciones del -–Trabajo (Argentina). Rodrigo Palomo Velez – Profesor de DTSS de la Universidad de Talca,
Chile. César
Arese - Profesor de la
Universidad Nacional de Córdoba Argentina. Miguel
Canessa – Profesor
de DTSS de la Universidad Católica de Perú. Marcial Sánchez-Mosquera -–Departamento de Economía e Historia
Económica Universidad de Sevilla Facultad del Ciencias del Trabajo. Ana María Olmo – ¨Profesora de DTSS de la Universidad de Castilla – La
Mancha. Laura Mora Cabello de Alba – Profesora de DTSS de la
Universidad de Castilla – La Mancha. Amparo Merino -–Decana
de la Facultad de Ciencias Sociales Universidad de Castilla – La Mancha. Daniela Muradas – Profesora de
DTSS de la Universidad Federal de Minas Gerais. Aldacy Coutinho – Profesora Titular de DTSS de la Universidad
Federal de Paraná (Brasil). Guillermo Gianibelli –
Profesor de DTSS de la Universidad de Buenos Aires. Humberto Villasmil Prieto – Experto de
OIT en Normas Internacionales Oficina Regional de Santiago de Chile. Luis Eduardo Díaz – Profesor
de DTSS de la Universidad de Zulia, Venezuela. Adolfo Ciudad Reynaud – Profesor de DTSS de la Universidad de San Marcos, Perú. Juan Pablo Capón Filas -–Equipo Federal
del Trabajo (EFT).Héctor Humeres –
Profesor de DTSS de la Universidad de Chile. María Cristina Gajardo -–Directora del Departamento de Derecho del
Trabajo y la Seguridad Social Universidad de Chile. Martha Monsalve – Profesora de DTSS de la Universidad Gran Colombia.
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